¿QUÉ ES LA CONTRALORÍA DE SERVICIOS
y cómo se accede a ella?
La contraloría es una instancia asesora, canalizadora y mediadora de los requerimientos de efectividad y continuidad de las personas usuarias de los servicios que brinda la AGSCR. También apoya, complementa, guía y asesora a los jerarcas o encargados de tomar decisiones, de forma tal que se contribuya a incrementar la efectividad en el logro de los objetivos organizacionales, así como la calidad en los servicios brindados por las diferentes direcciones y comités de la Junta Directiva Nacional y las funciones que las personas voluntarias y funcionarias realizan.
La persona que ocupa el cargo de Contralor forma parte de la Junta Directiva Nacional, con voz, pero sin derecho a voto, de igual forma, debe asistir a las sesiones del Comité Ejecutivo Nacional y formar parte de las comisiones o comités de trabajo que se acuerde nombrar.
De conformidad con lo que establece el POR, en su artículo 66, inciso g), todos los casos de denuncias vinculadas con el Honor serán remitidas por el Contralor al órgano de la Corte Nacional de Honor o a la instancia de Mediación con que cuenta la AGYSCR.
Por otra parte, las personas miembros de la Asociación sean estos miembros juveniles o adultos, pueden acceder a los servicios de la Contraloría para presentar sugerencias, consultas, reclamos, quejas y denuncias, siempre y cuando estas no sean de competencia de la Corte Nacional de Honor.
De igual forma, es importante para toda nuestra comunidad de Guías y Scouts, conocer otras de las funciones de la Contraloría que están establecidas en el artículo 66, incisos g, h, e i y que literalmente dice:
- g) En caso de recibir una denuncia vinculada a aspectos de Honor o a aspectos de Mediación de Conflictos, la Contraloría deberá canalizar la inquietud con la instancia o el órgano correspondiente.
- h) Para el cumplimiento de sus funciones, la Contraloría de Servicios puede solicitar informes, realizar consultas e indagar por su propia cuenta, según el Manual de Normas y Procedimientos de Contraloría, en todas las instancias del Equipo Nacional, quienes le brindarán plena y oportuna colaboración.
- i) Son funciones de la Contraloría de Servicios:
i) Establecer un modelo de diagnóstico y evaluación de los servicios que brinda la Asociación a todas las partes interesadas, que prevea sistemas de seguimiento y respuesta oportuna de las gestiones de los adultos y vigilar que el Equipo Nacional aplique las acciones correctivas pertinentes.
ii) Establecer los mecanismos necesarios para facilitar al máximo la recepción de las sugerencias, reclamos, consultas o quejas, a fin de determinar cuáles ameritan ser elevadas a la Junta Directiva, al Director General o a la instancia que corresponda dentro del Equipo Nacional.
iii) Promover una cultura institucional que facilite el establecimiento de un canal de comunicación con los adultos y los miembros juveniles, e incentivar la modernización de los procesos.
iv) Buscar la simplificación de los procedimientos de la Asociación, a fin de agilizar la prestación de los servicios, y eliminar trabas innecesarias. v) Presentar recomendaciones a la Junta Directiva o a la Dirección General para elevar la calidad de la prestación de servicios de la Asociación.
vi) Brindar de manera trimestral un reporte a la Junta Directiva sobre el cumplimiento de sus funciones.
- j) Para el cumplimiento de sus funciones, la Contraloría podrá contar con el apoyo de funcionarios del Equipo Nacional tras previa coordinación por parte del Director General.
COMItÉ DE CONTRALORÍA
de servicios
Además el P.O.R, ha establecido la creación del Comité de Contraloría el cual tiene las siguientes funciones:
Artículo 66 – Comité de Contraloría de Servicios, Integración y funciones
a) El Comité de Contraloría de Servicios es una instancia asesora de la Junta Directiva, cuyo objetivo
es fomentar una cultura de calidad en los servicios que la Asociación le brinda tanto a sus miembros
juveniles como beneficiarios y protagonistas del Programa Educativo, como a sus miembros adultos,
por medio de la adecuada operación del Equipo Nacional.
b) El Comité de Contraloría será coordinado por el Contralor de la Asociación, compuesto por este y cuatro miembros voluntarios designados por la Junta Directiva, dos en año par y dos en año impar, procurando equidad de género y diversidad etaria.
c) El plazo de nombramiento de los miembros voluntarios de este Comité será de dos años, que se contará a partir de la fecha de nombramiento. La eventual prórroga de estos nombramientos queda limitada a un nuevo período consecutivo, sin límite para períodos alternos. En caso de que exista una vacante, indistintamente del tiempo que se mantuvo en ejercicio la persona ausente, la Junta realizará la sustitución por un nuevo período de dos años.
d) Este Comité de Contraloría de Servicios se reunirá las veces que sean necesarias y deberá hacerlo, al
menos, una vez por trimestre.
e) De las sesiones de este Comité se llevarán minutas, de manera resumida y precisa
f) Los miembros juveniles y miembros adultos de la Asociación que soliciten el apoyo de la Contraloría,
podrán dirigirse a ésta, mediante sugerencias, consultas, reclamos, quejas y denuncias, siempre y
cuando estas no sean de competencia de la Corte Nacional de Honor.
Formulario para inconformidades
sugerencias y comentarios positivos
Al completar el formulario, el Comité de Contraloría garantiza que los datos personales y del caso serán suministrados con el resguardo y la confidencialidad necesarios.