Descripción general
La persona Facilitadora territorial es una persona voluntaria encargada de acompañar, orientar y facilitar los procesos de las Juntas de Grupo Guías y Scouts asignados a su sector.
Su labor contribuye al fortalecimiento institucional mediante la coordinación, asesoría y seguimiento de los siguientes ámbitos:
- Implementación de las políticas, estrategias y lineamientos institucionales.
- Correcta aplicación del Programa Educativo en los grupos.
- Gestión adecuada del talento humano voluntario.
- Cumplimiento de las gestiones administrativas emanadas por la AGSCR.
- Mantenimiento actualizado de la base de datos de protagonistas y dirigentes.
- Fortalecimiento de la relación entre los Grupos Guías y Scouts y las organizaciones afines al Movimiento en su zona de atención.
2. Proceso de nombramiento
El proceso de nombramiento de las personas Facilitadoras Territoriales es responsabilidad del área de Operaciones de la Dirección Técnica, conforme al siguiente procedimiento:
2.1 Convocatoria de postulaciones
La Oficina Nacional o la Dirección General comunicará a los Grupos del sector la apertura del proceso de postulaciones, indicando:
- El perfil del cargo
- Las fechas y plazos del proceso
- Los requisitos de postulación
- Y las formas disponibles para postularse
La convocatoria se difundirá por los canales oficiales de comunicación institucional.
2.2 Formas de postulación
Se establecen dos modalidades de postulación para el cargo de Facilitador/a Territorial:
- Postulación directa (autopostulación): Cualquier persona dirigente dentro del sector, que cumpla con el perfil y los requisitos establecidos, podrá presentar su postulación directamente mediante el formulario oficial habilitado por el área de Operaciones.
- Postulación por dirigentes de la zona geográfica: Las personas dirigentes que conforman las Juntas de Grupo del sector podrán proponer candidaturas que consideren idóneas para el cargo, asegurando el consentimiento previo de la persona postulada. Cada Junta de Grupo podrá presentar una o más postulaciones, a través del formulario oficial siempre que cumplan con el perfil requerido.
2.3 Recepción y validación de candidaturas
El área de Operaciones recibirá las postulaciones dentro del período establecido y verificará que cumplan con los requisitos formales y el perfil del cargo.
Posteriormente, enviará a las Juntas de Grupo del sector un resumen de los perfiles válidos, junto con la documentación de apoyo necesaria para su análisis.
2.4 Revisión y recomendación
Cada Junta de Grupo analizará las candidaturas recibidas y, en sesión formal, recomendará por mayoría simple a una persona para el cargo, dejando constancia en la minuta de la reunión, la Jefatura de Grupo será la representante en la reunión de nombramiento, debiendo respetar la elección de la Junta de Grupo para ejercer el voto. De considerarlo necesario, podrán recomendar hasta dos personas para el cargo.
2.5 Elección
En una reunión presencial, virtual o bimodal, coordinada por el área de Operaciones de la Oficina Nacional. las Jefaturas de Grupo del sector realizarán la elección de la persona Facilitador Territorial mediante mayoría simple entre las candidaturas recomendadas.
3. Responsable del nombramiento
- Las personas Facilitadoras Territoriales son escogidas por mayoría simple de las Juntas de Grupo del sector o zona geográfica.
- Si no existiera consenso, la Dirección General podrá realizar un nombramiento provisional, solicitando su validación posterior a las Juntas.
- De persistir la falta de acuerdo, la Dirección General podrá realizar un nombramiento definitivo.
- Todos los nombramientos deberán ser ratificados por la Dirección General.
4. Reporta a
Área de Operaciones de la Dirección Técnica.
5. Relaciones institucionales
5.1 Internas
- Facilitadores/as Territoriales.
- Juntas de Grupo.
- Jefaturas de Grupo.
- Gestores/as de Operaciones.
- Plataforma de Apoyo.
- Dirección Técnica Educativa.
5.2 Externas
- Municipalidades.
- Asociaciones de Desarrollo.
- Instituciones públicas y privadas afines.
- Organizaciones no gubernamentales (ONG).
- Otras organizaciones comunales.
6. Perfil de la persona facilitadora territorial
6.1 Requisitos
- Ser mayor de 25 años.
- Contar con disponibilidad y disposición de tiempo.
- Poseer Insignia de Madera (IM) en cualquier sección (deseable en gestión).
- Tener conocimiento amplio del Programa Educativo Guía y Scout y la Gestión del Talento Humano en organizaciones voluntarias.
- Mostrar disposición para la formación y actualización continua.
6.2 Competencias deseables

7. Funciones principales
- Orientar a las Juntas de Grupo en la implementación de políticas, estrategias y lineamientos organizacionales.
- Velar por la correcta aplicación del Programa Educativo, normativas, manuales y políticas institucionales.
- Participar activamente en las capacitaciones y reuniones convocadas por la Oficina Nacional.
- Contribuir a la consolidación de los Grupos del sector y a otras alternativas de implementación del Programa Educativo.
- Identificar necesidades de membresía, formación o apoyo al programa y coordinarlas con las instancias nacionales pertinentes.
- Apoyar a los Grupos en procesos administrativos y de reporte de membresía.
- Presentar trimestralmente a la Dirección de Operaciones un informe de gestión.
- Convocar y conformar equipos de trabajo sectoriales cuando sea necesario.
- Elaborar cuando corresponda en coordinación con las Jefaturas de grupo del sector un plan de trabajo.
- Participar en la elaboración de diagnósticos y planes de acción sectoriales.
- Mantener actualizada la información de los Grupos del sector para la toma de decisiones institucionales.
- Apoyar la articulación con gobiernos locales, organizaciones comunitarias y sector privado.
- Brindar apoyo en la resolución de conflictos menores o canalizarlos a la instancia correspondiente.
- Convocar periódicamente a las Jefaturas de Grupo para el seguimiento del plan de trabajo y la identificación de necesidades.
- Orientar a las Juntas de Grupo sobre la forma adecuada de canalizar situaciones que requieran la intervención de la Oficina Nacional u otras instancias.
8. Asistentes Territoriales
- La persona facilitadora podrá designar hasta tres (3) asistentes territoriales, quienes colaborarán en tareas operativas específicas por un período de un año, prorrogable según desempeño y necesidad institucional.
Ámbitos de apoyo: - Gestión del recurso adulto: detección de necesidades, captación, formación, consolidación y seguimiento.
- Promoción de actividades juveniles: identificación de necesidades y propuestas de actividades, en coordinación con la Dirección Técnica.
- Gestión institucional: relaciones con organizaciones locales, municipalidades y otros sectores; gestión de riesgos y emergencias; y canalización de trámites institucionales.
Los asistentes sectoriales podrán colaborar en más de un sector, previa autorización del Área de Operaciones.
9. Plazo del Nombramiento
El nombramiento será por un periodo de dos años, renovable por un periodo consecutivo. Una vez concluido el segundo periodo de servicio, deberá mediar un lapso de dos años antes de postular nuevamente su nombre para el cargo.